F. Mollá.- El Tribunal Supremo ha declarado este miércoles 26 de marzo de 2014 improcedente el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de Telemadrid que el 9 de enero de 2013 hizo perder el puesto a un total de 861 trabajadores de la cadena de televisión autonómica madrileña.
Los magistrados confirman así la sentencia que dictó el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el que se declaraban improcedentes las cuantías fijadas y se estableció que se pagaran 45 días por año trabajado, si bien no obligaban a su readmisión, pues ésta habría supuesto el cierre de la cadena, según anunció Ignacio González.
El TSJM estimó parcialmente la demanda de los sindicatos y consideró que “procede declarar no ajustada a derecho la decisión extintiva adoptada por las demandadas a no haberse acreditado la concurrencia de la causa legal indicada en la comunicación extintiva”, aunque desestima la “causa de nulidad” presentada.
Se basó para rechazar declarar los despidos nulos básicamente en que el Ente no ostenta consideración de Administración pública y que, por tanto, la prioridad de permanencia del personal laboral fijo es “aplicable a los procedimientos de despido en las Administraciones Publicas”.
Tras conocer el fallo, la dirección de Telemadrid acordó recurrir en casación al Supremo, que se ha pronunciado en su contra este miércoles.
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