F. Mollá.- El Tribunal Constitucional ha tumbado dos años después la prohibición del autoconsumo compartido de 2015 al estimar “parcialmente el presente conflicto positivo de competencia y, en consecuencia, declarar contrario al orden constitucional de distribución de competencias y, por tanto, inconstitucional y nulo, el apartado 3 del art. 4 del Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, que establece que “En ningún caso un generador se podrá conectar a la red interior de varios consumidores” y los artículos 19, 20, 21 y 22 del referido Real Decreto”.
El TC también tumba el artículo que obliga a todos los autoconsumidores a tramitar su inclusión en un registro de generadores eléctricos, un trámite que los detractores de la regulación del Gobierno consideraban una traba burocrática innecesaria.
El Tribunal considera que la gestión de un eventual registro de estas características debe recaer en todo caso en las comunidades autónomas, y no en el Gobierno central.
La AEMET activa el aviso naranja en el área metropolitana de la capital por la…
El MADO 2026 vive hoy su jornada central con la gran Manifestación Estatal LGTBIQ+. La…
Los servicios de emergencias piden máxima precaución a los ciudadanos, especialmente en las zonas recreativas…
Las áreas de estacionamiento de las famosas piscinas naturales de Las Berceas han colgado el…
El plazo de solicitud abre este sábado, 4 de julio, y permanecerá activo hasta el…
El fuego comenzó en la noche de este jueves en el exterior de un bazar…