F. Mollá.- El Tribunal Constitucional ha tumbado dos años después la prohibición del autoconsumo compartido de 2015 al estimar “parcialmente el presente conflicto positivo de competencia y, en consecuencia, declarar contrario al orden constitucional de distribución de competencias y, por tanto, inconstitucional y nulo, el apartado 3 del art. 4 del Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, que establece que “En ningún caso un generador se podrá conectar a la red interior de varios consumidores” y los artículos 19, 20, 21 y 22 del referido Real Decreto”.
El TC también tumba el artículo que obliga a todos los autoconsumidores a tramitar su inclusión en un registro de generadores eléctricos, un trámite que los detractores de la regulación del Gobierno consideraban una traba burocrática innecesaria.
El Tribunal considera que la gestión de un eventual registro de estas características debe recaer en todo caso en las comunidades autónomas, y no en el Gobierno central.
Los sanitarios de SAMUR-Protección Civil han tenido que intubar a la víctima en el lugar…
El suceso ha tenido lugar en un establecimiento de la calle Villajoyosa. SAMUR-Protección Civil ha…
Una incidencia técnica impide que el centro de emergencias reciba con normalidad las llamadas de…
El accidente tuvo lugar a primera hora de este domingo. Tras el fuerte impacto, la…
Un espectacular incendio agrícola ha movilizado en las últimas horas a los servicios de emergencia…
La jornada dominical ha arrancado con una afluencia masiva de visitantes a la sierra de…