[vc_row][vc_column width=”1/4″][BetterWeather-inline location=”40.4180,-3.6688″ inline_size=”large” icons_type=”animated” font_color=”#595959″ unit=”C” show_unit=”on” visitor_location=”off”][easy-social-share buttons=”facebook,twitter,google,linkedin,pinterest,pocket,print,mail,whatsapp,meneame” counters=”1″ counter_pos=”top” total_counter_pos=”none” hide_names=”no” fixedwidth=”yes” sidebar_pos=”left” print_text=”Imprimir” meneame_text=”Menéame”][ult_animation_block animation=”fadeInLeft” animation_duration=”3″ animation_delay=”0″ animation_iteration_count=”1″ opacity=”set” opacity_start_effect=”70″][td_block3 limit=”2″ custom_title=”En Portada”][/ult_animation_block][/vc_column][vc_column width=”3/4″][vc_column_text]Zonaretiro.com.- Los madrileños sólo tendrán que esperar tres semanas, y no cuatro como el resto de los españoles, para disfrutar de descuentos en moda y otros artículos debido al adelanto del periodo de rebajas en la Comunidad de Madrid, que comenzarán el primer día del año y no el 7 de enero, día siguiente a Reyes, como continúa siendo en el resto de las comunidades autónomas.
Así es el calendario de rebajas del invierno 2014-2015 en el resto del país.
– Andalucía: del 7 de enero al 7 de marzo.
– Aragón: del 6 de enero y terminarán en el mes de marzo por un periodo máximo de dos meses.
– Principado de Asturias: del 7 de Enero hasta el 6 de marzo, si son de apertura.
– Islas Baleares: dos meses a partir del 7 de enero o primer día laborable siguiente.
– Canarias: del 7 de enero al 6 de marzo.
– Cantabria: del 7 de enero al 6 de abril.
– Castilla La Mancha: del 7 de enero al 31 de marzo.
– Castilla y León: del 7 de enero al 6 de marzo.
– Catalunya: del 7 de enero al 6 de marzo.
– Ceuta: pendiente publicación.
– Comunidad Valenciana: desde el primer día laborable después del 6 de enero hasta el segundo sábado del siguiente mes de marzo, ambos inclusive.
– Extremadura: del 7 de enero al 6 de marzo.
– Galicia: del 7 de enero al 7 de abril.
– La Rioja: del 7 de enero al 6 de marzo.
– Madrid: del 1 de enero al 31 de marzo.
– Melilla: del 7 de enero al 7 de marzo.
– Murcia: del 7 de enero al 7 de marzo.
– Región de Murcia: del 2 de enero al 1 de marzo.
– Comunidad Foral de Navarra: del 7 de enero al 6 de marzo.
– País Vasco: del 7 de enero al 31 de marzo.
La ley de liberalización comercial permite que las rebajas se adelanten en Madrid, si bien no todas las tiendas cuelgan el cartel rojo tan pronto. Muchos pequeños comercios esperan a que pasen los Reyes, como era habitual años atrás, y grandes centros comerciales como El Corte Inglés y cadenas como las que forman la telaraña de Inditex también esperan a bajar sus precios hasta el 7 de enero.
Los derechos del consumidor en rebajas
• Según la legislación vigente, cada establecimiento es libre de elegir el período y la duración de las rebajas a lo largo del año.
• El período de rebajas debe exhibirse en el establecimiento comercial en sitio visible al público, incluso cuando permanezca cerrado, así como su duración y las reglas especiales aplicables a las mismas.
• En rebajas, los artículos con descuento tienen que haber estado a la venta en el establecimiento con anterioridad al comienzo de estas, y no pueden incluirse como tales productos deteriorados o los adquiridos específicamente para ser vendidos a un precio inferior al ordinario.
• Los artículos que se oferten en rebajas deben estar etiquetados correctamente cumpliendo con la legislación de aplicación. Además, tiene que exhibirse el doble precio, el habitual y el rebajado, tanto en el interior como en los escaparates, y en la publicidad.
• Los establecimientos pueden ofrecer rebajas junto con otras promociones, excepto las liquidaciones, pero siempre informando adecuadamente al público y con las debida separación entre ellas.
• En caso de que la venta con rebajas no afecte a la totalidad de los productos comercializados, los rebajados estarán suficientemente diferenciados del resto, de forma que no haya lugar a confusión.
• Si el comerciante establece unas condiciones especiales para las compras en rebajas sobre la aceptación de pago con tarjetas o las devoluciones, debe indicarlo expresamente de forma clara y en lugar visible; en caso contrario, las formas de pago y la política de devolución serán las habitualmente permitidas.
• Cuando el establecimiento anuncie que admite cambios y devoluciones está obligado a ello y, siempre, cuando el producto tenga una tara o defecto. En este último supuesto, tiene que efectuar el cambio o devolución de dinero a solicitud del consumidor, sin que se le pueda imponer la aceptación de vales comerciales.
• El servicio postventa y la aplicación de la garantía no varían en los productos comprados en las rebajas. La garantía legal de los productos puestos a la venta, tanto rebajados como no, es de dos años a contar desde el momento en que se hace entrega del mismo al consumidor.
Recomendaciones para el consumidor
• No confunda las rebajas con los saldos (artículos deteriorados, obsoletos o pasados de moda); pueden ofertarse simultáneamente en un mismo establecimiento.
• Examine el producto: está prohibido vender como rebajados artículos con taras o defectos. Rechace los artículos cuyas instrucciones y etiquetado no vengan en castellano.
• Pregunte si se admiten cambios y devoluciones, ya que no es legalmente obligatorio, a menos que así lo anuncie el comerciante en el establecimiento o que el producto sea defectuoso.
• Fíjese si el comercio tiene establecidas condiciones especiales para la venta en período de rebajas, las cuales deben exhibirse a la vista del público, principalmente en lo relativo a las formas de pago admitidas y la política de devoluciones.
• No olvide que la publicidad es vinculante, puede exigir su cumplimento.
• Pida y conserve la factura o tique de compra, es imprescindible su presentación si necesita interponer una reclamación o hacer efectiva la garantía.
• Recuerde que en rebajas se reducen los precios pero no sus derechos como consumidor. Ante cualquier conflicto en este sentido, manifieste su disconformidad en la hoja de reclamaciones que todo establecimiento está obligado a tener y hágala llegar a los servicios de consumo de su localidad.
• En el Ayuntamiento de Madrid, para cualquier consulta o reclamación de consumo, puede acudir a la Oficina Municipal de Información al Consumidor de su distrito y a la OMIC Central (C/ Príncipe de Vergara, 140. Teléfono: 91 218 81 93)
• Comprar en establecimientos adheridos al Sistema Arbitral de Consumo, le facilitará los trámites en caso de conflicto: podrá resolver sus reclamaciones de consumo de forma rápida, sencilla y gratuita. Sus resoluciones (laudos) son de obligado cumplimiento y tienen los mismos efectos que una sentencia judicial firme.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column width=”1/1″][BetterWeather location=”40.4180,-3.6688″ location_name=”Madrid” show_location=”on” show_date=”on” style=”modern” next_days=”on” bg_type=”natural” bg_color=”#4f4f4f” icons_type=”animated” font_color=”#ffffff” unit=”C” show_unit=”on” visitor_location=”off”][/vc_column][/vc_row]