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Aprobada la Ordenanza de la Tasa por Estacionamiento

F. Mollá.- La Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid ha dado luz verde este jueves 20 de octubre de 2016 a la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Estacionamiento de Vehículos en determinadas zonas de la capital para 2017.

Entre las novedades destaca la reducción del tiempo mínimo de estacionamiento de veinte a cinco minutos, lo que, según el Ayuntamiento “agilizará los estacionamientos, desincentivará el aparcamiento en doble fila y se adaptará mejor a las necesidades de la ciudadanía”.

Entrará en vigor a partir del 1 de junio de 2017. El Ayuntamiento ha calculado una tarifa inicial de cinco minutos, al considerar que es lapso temporal mínimo para realizar cualquier gestión o trámite. En la actualidad el tiempo mínimo de estacionamiento es de veinte minutos.

La fracción de cinco minutos costará entre 5 céntimos en plazas azules y 15 en plazas verdes.

El reducido coste incentivará, previsiblemente, el estacionamiento ordenado y contribuirá a reducir la doble fila.

Además, se registrará más uso de los estacionamientos (al ocupar los vehículos menos tiempo las plazas de estacionamiento podrán ser más los que aparquen en esas zonas). En el Área Diferenciada de Larga Estancia (Zona Oeste de Madrid) se mantiene en una hora el mínimo de estacionamiento. En ese área se modifica la gestión de la última hora, con la posibilidad de acumular el tiempo para el día siguiente.

La Ordenanza contempla también el establecimiento de una nueva tarifa para los vehículos comerciales e industriales, que podrán elegir entre la tarifa actual de un estacionamiento máximo diario –continuado o no– de cinco horas, u optar por una ampliada que permite un máximo de ocho horas.

Quedan suprimidos los recargos y reducciones por nivel de ocupación del barrio o casco histórico en el momento del estacionamiento.

El Ayuntamiento considera que son suficientes los incrementos anteriores, a lo que hay que unir las dificultades técnicas para determinar dicho nivel de ocupación justo en el momento en el que se va a estacionar un vehículo.

Y, por último, cambian algunos aspectos de la gestión, de menor entidad, con el objeto de favorecer su eficacia

La Ordenanza entrará en vigor el 1 de enero de 2017, a excepción de los siguientes cambios, que lo harán el próximo 1 de junio:

Las modificaciones referidas a la adaptación de las nuevas tipologías de vehículos, las tarifas establecidas por tiempo inferior a 20 minutos, los recargos y reducciones por tecnología del vehículo, y la implantación del régimen recaudatorio de liquidación.

El motivo de que entren en vigor el 1 de junio obedece a la necesidad de garantizar la adecuada implementación de los sistemas informáticos requeridos para el funcionamiento de las medidas propuestas.

 

Zonaretiro.com

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