El Tribunal Superior de Madrid ha hecho pública este lunes 7 e octubre de 2019 una sentencia que apunta que los riders de Glovo sí son autónomos.
“El dato de esa libertad de acción resulta engañoso, porque solo existe gracias a la organización del servicio que establece la demandada”, expone en su voto particular. “El demandante”, continúa, “goza de un notable grado de flexibilidad pero este dato se relativiza porque presta sus servicios dentro de una franja horaria predeterminada, y para establecer la preferencia de acceso a las franjasmás favorables existe un sistema de puntuación, en el que se tiene en cuenta la valoración del cliente, la eficiencia demostrada en la realización de los pedidos más recientes, y la realización de los servicios en las horas de mayor demanda, y hay una penalización por no estar operativo en la franja horaria previamente reservada”.
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