Un violador reincidente viajaba en Metro en la madrugada del 28 al 29 de diciembre de 2018. Escogió a su víctima, realizó el mismo transbordo que ella y se bajó en la misma parada que su víctima: la estación de Metrosur de Juan de la Cierva de Getafe. La siguió hasta su casa y cuando ella llegó al portal, a las 06.40 horas, la agredió sexualmente. Se abalanzó sobre ella, la inmovilizó y “con la intención de satisfacer sus más reprobables instintos sexuales y con ánimo de atentar contra su indemnidad sexual”, intentó besarla, realizando tocamientos por debajo de la cintura hasta que consiguió agredirla sexualmente. Todo ello mientras la víctima no paraba de gritar y pedir auxilio.
Fue entonces cuando su hermano bajó al rellano del portal para apartar al condenado, quien fue detenido en la segunda planta del edificio, cuando intentaba huir por la ventana a un patio.
Ahora, cuatro años después, el Tribunal Supremo ha confirmado la condena de nueve años de prisión.
La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia que rechaza el recurso de la víctima -que pedía una pena mayor- contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que ratificó otra de la Audiencia Provincial por un delito de agresión sexual con la agravante de reincidencia, pues el hombre ya había sido condenado previamente por abuso sexual.
Además de la pena de prisión, el Supremo ratifica la prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima durante 18 años.
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