F. Mollá.- La Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid ha publicado este domingo 30 de abril de 2017 la orden por la que fija el precio mensual del comedor en los centros de la red pública de Educación Primaria para el curso que viene (2017-18), que establece la cuantía mensual general en 96 euros, el mismo importe desde el curso 2012-2013, y mantiene exenciones y reducciones por para situaciones socioeconómicas desfavorables.
Así aparece recogido en una resolución publicada por el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), que establece el precio mensual de 96 euros en el servicio de comedor de las escuelas infantiles de la red pública de la Comunidad.
No obstante, la orden establece que tanto Consejería como Ayuntamientos pueden autorizar precios inferiores en centros de gestión indirecta, fijándose la cuantía en el contrato de gestión de servicio en lo referente al servicio de comedor escolar.
A su vez, se establece un precio reducido de 24 euros en el servicio comedor de las escuelas infantiles de la red regional para los beneficiarios de la Renta Mínima de Inserción (RMI), así como para los alumnos cuyas circunstancias sociofamiliares impliquen situación de “riesgo” para la atención y cuidado del menor dentro del ámbito familiar.
Rebajas para familias víctimas de violencia de género
Por otra parte, se establece un importe de 68 euros en el precio del comedor para familias que acrediten ser víctimas del terrorismo o víctimas de violencia de género. La misma cuantía se establece para los menores en situación de acogimiento familiar.
A su vez, se establece el precio de 68 euros a familias con renta per cápita inferior a 4.260 euros, correspondiente al ejercicio económico dos años anterior al inicio del curso escolar.
Este apartado amplía ligeramente el umbral de renta fijado para esta reducción de importe para tratar de llegar a más beneficiarios, pues el curso anterior rondaba los 4.200 euros, explican fuentes de la Consejería de Educación.
En este apartado y para sucesivos cursos, la Consejería expone que se aplicará el umbral de renta per cápita que, para el mismo curso, se establezca en la orden que regula el precio del menú escolar para centros docentes públicos no universitarios.
Por otra parte, quedan exentos del servicio de comedor en los centros de Educación Infantil de la red pública de la Comunidad los alumnos en situación de acogimiento residencial cuya tutela esté ejercida por la Dirección General de la Familia y el Menor.
También están exentos de pagar el servicio de comedor los menores que sean beneficiarios de protección internacional en cualquiera de sus modalidades.
Los precios fijados así como sus exenciones y reducciones serán de aplicación a partir del 1 de septiembre de este año y estarán vigentes para todo el curso escolar.