J. E. Villarino*.- La promesa incumplida. A finales del año pasado, la Asociación de Víctimas del Alvia 04155 visitó las instituciones comunitarias relativas al transporte, a invitación del BNG gallego. En esta visita, la Asociación hizo entrega a las autoridades comunitarias de un escrito en el que se recogían los aspectos que a día de hoy son incontrovertibles de cara al esclarecimiento de los hechos.
Además, la Asociación denunció ante las autoridades ferroviarias comunitarias la parcialidad de la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios, órgano que depende funcional y orgánicamente del ministerio de Fomento. O sea, que dicha comisión, la CIAF, es juez y parte a la vez, que es lo que ha sido al emitir su informe por el que solamente existe un responsable del accidente: el maquinista.
Parece ser que, con anterioridad, el Gobierno español ya estaba denunciado por esta circunstancia, de que la CIAF dependa de Fomento y sus miembros empleados de Renfe y Adif, abriéndose el correspondiente expediente investigador y, en su caso sancionador, expediente que todavía no ha visto la luz.
Entre tanto, la Comisión, a través del órgano competente que no es otro que la Agencia Ferroviaria europea, ha realizado un informe sobre el accidente, que según dijeron en su momento a la Asociación de Víctimas, iban a remitir, además de a las instancias españolas correspondientes, a la propia Asociación.
El informe ya está redactado y la UE se niega a facilitárselo a la Asociación de Víctimas, contradiciendo el compromiso contraído con las víctimas en su día.
La Asociación de Víctimas solicita sea haga público el informe
La respuesta a la denegación del informe ha movido a la Asociación a efectuar una solicitud ante la AFE, en la que se formulan irrefutables fundamentos de derecho, entre los que entresacamos los siguientes:
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJE) y el Tribunal de Primera Instancia (TPI) dictaron una serie de sentencias en las que se interpretaba el código de conducta de 1993 y se establecía como uno de los principios clave “que los intereses de los ciudadanos deben prevalecer sobre los intereses de la institución”.
Posteriormente, se aprobó el Reglamento (CE) nº 1049/2001, de 30 de mayo de 2001, cuyo objetivo principal consiste en garantizar de la manera más completa posible el derecho de acceso del público a los documentos” respetando los principios fundamentales de apertura y transparencia en el funcionamiento de las instituciones de la UE, tal como se establece en el artículo 255 del Tratado de Amsterdam, que dice: todos los ciudadanos de la Unión tienen derecho a acceder a los documentos de la UE.
Por otra parte, el artículo 42 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea dice que “todo ciudadano de la Unión o toda persona física o jurídica que resida o tenga su domicilio social en un Estado miembro tiene derecho a acceder a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión”.
Por otro lado, el texto definitivo de la Constitución, como artículo II-102, dispone:
“Derecho de acceso a los documentos. Todo ciudadano de la Unión y toda persona física o jurídica que resida o tenga su domicilio social en un Estado miembro tiene derecho a accedera los documentos de las instituciones, órganos y organismos de la Unión, cualquiera que sea su soporte”.
El argumentario de la Agencia Ferroviaria
La negativa de la Agencia Ferroviaria Europea a facilitar el documento se basa en el Reglamento (CE) nº 1049/2001 del parlamento Europeo y del Consejo se contemplan algunas “excepciones” a la transparencia y se nos señala como afectadas por nuestra petición, las siguientes:
El artículo 4 (2), tercer guión: “Las instituciones denegarán el acceso a un documento cuya divulgación suponga un perjuicio para la protección del objetivo de las actividades de inspección, investigación y auditoría, salvo que su divulgación revista un interés público superior.”
El artículo 4 (3) dice: “se denegará el acceso a un documento elaborado por una institución para su uso interno o recibido por ella, relacionado con un asunto sobre el que la institución no haya tomado todavía una decisión, si su divulgación perjudicará gravemente el proceso de toma de decisiones de la institución, salvo que dicha divulgación revista un interés público superior.
Se denegará el acceso a un documento que contenga opiniones para uso interno, en el marco de deliberaciones o consultas previas en el seno de la institución, incluso después de adoptada la decisión, si la divulgación del documento perjudicará gravemente el proceso de toma de decisiones de la institución, salvo que dicha divulgación revista un interés público superior.
La publicación reviste un evidente interés público superior
Tal y como aducen las Víctimas, la divulgación del documento reviste un interés público superior: garantizar la seguridad de las personas en el transporte ferroviario español y europeo, tanto de viajeros como de trabajadores. No hay mayor interés público que el de salvaguardar la vida e integridad física de las personas.
Tal y como defiende la propia Agencia Europea de Seguridad Ferroviaria en el ejercicio de sus funciones, las investigaciones de los accidentes han de ser públicas e independientes. Determinar y divulgar todas las causas y circunstancias de los accidentes es imprescindible para que se puedan tomar medidas preventivas adecuadas e impedir que un hecho similar vuelva a ocurrir.
Finalizan su escrito:
Acogiéndonos al interés público superior que supone la seguridad, la salvaguarda de la vida e integridad física de las personas en el transporte ferroviario, solicitamos al Presidente del Consejo de la Agencia Ferroviaria Europea revise su posicionamiento y nos haga llegar a las víctimas del accidente del tren de Alta Velocidad Alvia 04155 el informe de la Agencia Ferroviaria Europea.
En Madrid, a 11 de mayo de 2016
Atentamente,
Jesús Domínguez La Rosa
Presidente Plataforma Víctimas Alvia 04155
El gobierno español presiona a Bruselas para que el informe no se haga público
Como recoge La Voz de Galicia, la Comisión Europea ha recibido presiones por parte del Gobierno español para ocultar un informe que no verá la luz, como muy pronto, hasta que pasen las elecciones.
Los funcionarios europeos tratan de contener el expediente y fuentes comunitarias reconocen que el texto también se está utilizando como herramienta de coacción para conseguir que España cumpla con las normas antes de llevar al país ante la justicia europea.
Pero sobre todo, decimos nosotros, la razón última de que el gobierno presione y no se haga público un informe que es de todos los que lo hemos pagado con nuestros impuestos, es que este informe puede suponer un varapalo a las conclusiones legales del juez instructor, al informe de la CIAF española.
Pero, sobre todo, dar un vuelco radical a las mentiras que hasta ahora se han vertido. A PP y al PSOE no les interesa que se sepa lo que diga este informe porque podría poner sobre el tapete graves responsabilidades y conductas dolosas de políticos y directivos, no solo del maquinista.
Un llamamiento a todos los ciudadanos
Para apoyar su escrito, las Víctimas han abierto una página de recogida de firmas en Change.org. Si quieres ayudarles a buscar la VERDAD, JUSTICIA y REPARACIÓN, firma esta petición.
En su nombre, muchas gracias.
* José Enrique Villarino es economista y consultor, experto en Transporte y columnista de Zonaretiro
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