S. Remón.- La sala de lo Contencioso-Administrativo de la Sección Cuarta del Tribunal Supremo ha desestimado, con fecha 6 de febrero de 2012, el recurso de casación presentado por el gobierno del exalcalde Gallardón hace dos años, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 18 de junio de 2009, que declaraba la nulidad e ilegalidad de la Ordenanza municipal por “vulnerar el principio de jerarquía normativa y el de proporcionalidad”.
El coordinador de Movilidad, Fernando Autrán, alegaba en 2009 que “el cuadro de sanciones es un documento interno de gestión, igual que el que tiene la DGT para que sus agentes puedan proponer un importe en la multa” y, al mediar recurso de casación, el cuadro de sanciones ha seguido activo hasta que la decisión judicial ha sido definitiva, como hemos conocido este martes, tras leer la sentencia del Supremo a la que ha tenido acceso Zonaretiro.com.
Principio de jerarquía normativa infringido
Y es que en el punto primero de la sentencia puede leerse que “se infringe el principio de jerarquía normativa, pues establece una cuantía fija para cada tipo de infracción sin tener en cuenta que la ley establece un margen o recorrido de la sanción, a modo de ejemplo para las infracciones leves serán sancionadas con multa de hasta 90 euros, lo que implica que pueden ser sancionadas con una multa inferior a los 90 euros que de modo general establece la norma, que es en el concreto acto de imposición de la sanción cuando de manera motivada se debe elegir la concreta sanción a imponer teniendo en consideración todos los elementos del caso, y no puede de manera a priorística determinarse el importe de la sanción”.
El exalcalde Gallardón ha conocido la noticia siendo ya ministro de Justicia, cargo que ocupa desde el 22 de diciembre de 2011.
Millones de euros recaudados de manera ilegal
El recurso contencioso administrativo fue interpuesto por la asociación de defensa de los conductores DVUELTA contra el Decreto aprobado por el Gobierno municipal de Gallardón, contra el importe de las sanciones con las que -según ellos- “se vulneraba el principio de legalidad sancionadora y el principio de proporcionalidad”. Hoy, desde la asociación se muestran satisfechos porque el Supremo ratifica plenamente la anulación del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, y además impone las costas del recurso de casación al Ayuntamiento de Madrid.
“Ninguno de los motivos aducidos por el Ayuntamiento de Madrid es admitido por el Tribunal Supremo”, aseguran. “El Ayuntamiento de Madrid ha cobrado de manera ilegal y abusiva alrededor de 600 millones de euros en multas de circulación, por lo que DVUELTA recomienda solicitar al consistorio la devolución de los importes indebidamente cobrados a través de la solicitud de revisión de oficio de aquellos expedientes que hayan finalizado en vía administrativa”.
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Foto: Zonaretiro.com
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