C. Linares.- Un total de 8.537 madrileños tienen perros peligrosos, casi el doble que hace cuatro años, cuando sólo eran 4.600. Esta cifra supone el 2% de todos los madrileños con perro, que ascienden a 400.000 en la región.
La mayoría son Rottweiler, Pit Bull Terrier, American Stafforshire Terrier y los Staffordshire Bull Terrier.
Hay ocho razas consideras potencialmente peligrosas en todo el territorio español. La musculatura, el carácter, la altura o el peso influyen a la hora de determinar su peligrosidad pero influyen otros factores como el adiestramiento. Poseer uno de estos perros exige un ejercicio de responsabilidad mayor.
Sólo su dueño puede pasearlos, con bozal y correa no extensible. Para el resto de perros el único requisito es que vayan atados siempre en la vía pública.
Se consideran animales potencialmente peligrosos los perros pertenecientes a las razas relacionadas a continuación y sus cruces:
Pit Bull Terrier.
Staffordshire Bul Terrier.
American Staffordshire Terrier.
Rottweiler
Dogo Argentino.
Fila Brasileiro.
Tosa Inu.
Akita Inu
Los perros cuyas características físicas se correspondan con todas o la mayoría de las siguientes características físicas:
Fuerte musculación, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
Marcado carácter y gran valor.
Pelo corto.
Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 cms, altura a la cruz entre 50 y 70 cms. y peso superior a 20 Kg.
Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
Cuello ancho, musculoso y corto.
Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
En caso de duda razonable por parte del propietario del animal, sobre si las características del perro corresponden o no a las detalladas en esta relación, se podrá aportar, cuando le sea requerido, informe valorado emitido por un veterinario colegiado, en el que se indiquen las características de las citadas, que pudieran observarse en el animal.
Otros motivos
Los animales de la especie canina que manifiesten un carácter marcadamente agresivo o hayan protagonizado agresiones a personas o a otros animales.
Animales que, perteneciendo a la fauna salvaje y siendo utilizados como animales domésticos o de compañía, con independencia de su agresividad, pertenezcan a especies o razas con capacidad de causar muerte o lesiones a personas, animales o cosas.
Otros animales que, utilizados como animales de compañía, por sus características morfológicas o raciales tengan capacidad para causar lesiones graves o mortales a las personas.
Requisitos que han de cumplir los propietarios o tenedores de animales potencialmente peligrosos
No podrán ser titulares de animales potencialmente peligrosos las personas que carezcan de las condiciones físicas y psíquicas precisas para proporcionar los cuidados necesarios al animal y garantizar su adecuado manejo, debiéndose superar las pruebas necesarias para comprobar que no existe enfermedad o deficiencia alguna, de carácter orgánico o funcional, que pueda suponer incapacidad física o psíquica o psicológica
Aspectos físicos para la obtención del certificado de capacidad física:
Capacidad visual.
Capacidad auditiva.
Sistema locomotor.
Sistema neurológico.
Dificultades perceptivo-motoras.
Inexistencia de cualquier afección, trastorno o problema que pueda suponer incapacidad física para garantizar el dominio del animal.
Aspectos psíquicos o psicológicos para la obtención del certificado de aptitud psicológica. Inexistencia de:
Trastornos mentales y de conducta.
Dificultades psíquicas de evaluación, percepción y toma de decisiones y problemas de personalidad.
Cualquier otra afección, trastorno o problema que limiten el pleno ejercicio de las facultades mentales precisas para la tenencia de estos animales
El propietario del animal debe obtener este certificado de aptitud en centros médicos donde se tramitan igualmente los certificados psicotécnicos para conducir vehículos.
Obligaciones de propietario y tenedores de animales potencialmente peligrosos, y medidas de seguridad
La persona que conduzca y controle a estos animales en lugares o espacios públicos deberá llevar consigo la licencia administrativa, así como la certificación de la inscripción del animal en el Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos.
En espacios públicos y privados de uso común los animales deben circular acompañados y conducidos mediante cadena o cordón resistente no extensible de menos de 2 metros, sin que pueda llevarse más de uno de estos perros por persona. Así mismo, deberán llevar bozal apropiado para la tipología racial de cada animal.
Cuando estos animales se encuentren en fincas, casas de campo, chalets, parcelas, terrazas o patios o cualquier otro lugar delimitado, deberán disponer de un cerramiento perimetral completo, de altura y materiales adecuados, que impida al animal saltar o asomar la cabeza, evitando, tanto su libre circulación, como la salida a espacios público o privados de uso común sin el debido control y sujeción, garantizando la seguridad de las personas o de otros animales.
Los criadores, adiestradores y comerciantes deberán disponer de instalaciones y medios adecuados para su tenencia.
La sustracción o pérdida habrá de ser comunicada al Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos en el plazo máximo de 48 horas.
Todos estos animales deberán estar identificados mediante un microchip.
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