S. R.- Un hombre de 53 años que estaba jugando al pádel con su hijo sufrió un infarto a tan sólo 70 metros de un centro de salud. Su hijo corrió allí a pedir ayuda, pero la médica y el enfermero allí presentes le dijeron que no iban. Que llevará él a su padre.
Entonces el hijo llamó a la Policía, que comenzó las maniobras de reanimación, mientras otros agentes acudieron a solicitar la presencia de la médica que, pese a las súplicas de los policías, no salió, alegando que “no tenían medios suficientes para desplazarse, pues la ambulancia no estaba disponible”.
Los agentes se ofrecieron a llevarles, a ellos y todo el material que necesitaran, pero los técnicos explicaron que no podían cargar con todo.
Los policías siguieron rogándoles y, ante la insistencia de los sanitarios de que transportaran ellos mismos al paciente hasta el centro, los agentes argumentaron que no podían hacer tal cosa porque no podían cesar las maniobras de reanimación, e incluso recordaron a los técnicos la responsabilidad penal en la estaban incurriendo.
Mientras tanto, el resto de policías siguieron intentando mantener con vida al paciente hasta que sobre las 18:40 acudió una UVI móvil que inició la reanimación avanzada, que no pudo impedir que el herido falleciera por parada cardiorrespiratoria.
Condenados a seis meses de inahibilitación
Los hechos tuvieron lugar el 12 de diciembre de 2015 en Tres Cantos y la sentencia se ha conocido en julio de 2018.
La Audiencia de Madrid ha condenado a la médica y al enfermero a seis meses de inhabilitación por dejarle morir.
La Sección 15 de la Audiencia Provincial de Madrid ha dictado una sentencia condenatoria fruto de un acuerdo de conformidad en el que los dos condenados aceptan la inhabilitación de su cargo por seis meses, ocho meses de multa y 100.000 euros de indemnización para los familiares por un delito de omisión del deber de socorro.
Alegaron que su “protocolo interno” les impedía salir
Tanto la médica como el enfermero alegaron a posteriori que su protocolo interno exige no abandonar su lugar de trabajo, pero según ha explicado a Efe el abogado Carlos Sardinero, que ha llevado la acusación en nombre de la asociación El Defensor del Paciente, esa cláusula se refiere a los asuntos personales de los profesionales y y no puede ser utilizada para negarse a socorrer a una víctima que se encuentra en un estado tan grave a menos de 100 metros.
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