P. Rodríguez.- El pasado 4 de febrero, el Ayuntamiento de Madrid recurrió la imputación de Antonio de Guindos, responsable de Seguridad del consistorio cuando tuvo lugar la tragedia del Madrid Arena, por la que también tuvieron que dimitir el inspector jefe de la Policía Municipal, Emilio Monteagudo , Francisco del Amo, de Madrid, Espacios y Congresos (Madritec) y la coordinadora de Seguridad y Emergencias, Fátima Núñez, junto a otras personas ajenas a la estructura del consistorio como el doctor Viñals o su hijo.
De la misma opinión que el gobierno de Botella era la Fiscalía de Madrid, que consideró “precipitada e improcedente” la decisión de imputar a estos altos cargos municipales. Pero este viernes 22 de febrero, el juez que instruye el caso, Eduardo López Palop, ha acordado mantener la imputación de esta cúpula, al rechazar el recurso del consistorio.
El magistrado entiende que el Ayuntamiento está legitimado para presentar el recurso, pero desestima el fondo del mismo: desecha su argumento la falta de motivación de la providencia en la que ampliaba las imputaciones.
Palop alude al artículo 141 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que determina que la fórmula de las providencias “se limitará a la determinación de lo mandado por el juez o tribunal que las disponga, sin más fundamento ni adiciones que la fecha en la que se acuerde, la firma o rúbrica del juez o del presidente y la firma del secretario judicial y que pondrán ser sucintamente motivadas sin sujeción a requisito alguno cuando se estime conveniente”.
A esta decisión cabe recurso de apelación en un plazo de tres días ante el mismo juzgado número 51 de Madrid.