F. Mollá.- La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado este jueves 24 de abril de 2014 a 22 años de prisión al hombre que el pasado 23 de octubre de 2013 secuestró durante unas horas a la familia del extesorero del Partido Popular, Luis Bárcenas, haciéndose pasar por el cura de la cárcel en la que éste está preso.
La Sección Cuarta le acusa de un delito de allanamiento de morada, tres delitos de secuestros, tres delitos de amenazas, un delito de tenencia ilícita de armas y tres faltas de lesiones.
Los magistrados fijan expresamente en 18 años de prisión el límite máximo de cumplimiento efectivo de la condena del acusado, por lo que quedarán extinguidas el resto de las penas impuestas una vez cubierto dicho máximo.
El agresor “escuchaba voces en su cabeza”
En el juicio, el condenado reconoció los hechos y aseguró que escuchaba voces en su cabeza, un extremo que fue desmentido por los médicos forenses al asegurar que esta situación no sería compatible con el trastorno de personalidad que sufre.
“¡Que me condenen a lo que quieran! Firmo 20 años o lo que me digan. Estas voces no me dejan en paz. Por favor, no quiero oírlas más, lárguense de mi cabeza, déjenme en paz, por favor. Fuera de mi cabeza”, manifestó.
La Sala estima que la conducta protagonizada por el acusado “fue personal y materialmente pluriofensiva al afectar subjetivamente a tres personas que fueron víctimas de los hechos enjuiciados”.
Además, los jueces entienden que los actos del condenado afectaron también a diversos bienes jurídicos en alusión a “la inviolabilidad domiciliaria e intimidad familiar de los titulares y moradores de la familia, la libertad ambulatoria, la libertad y seguridad personal y la integridad física de las víctimas”, entre otros.
Los magistrados consideran que concurre en el condenado la atenuante analógica de alteración psíquica, si bien establece que “no puede apreciarse como eximente completa o siquiera incompleta”, tal y como pretendía la defensa del acusado.
Los informes médico-psiquiátricos emitidos ratifican que las capacidades de comprensión y abstracción de Enrique O. G. son adecuadas y mantiene plena conciencia de la realidad, por lo que es “capaz de distinguir con normalidad entre la licitud e ilicitud de una conducta”.