Categorías: Ciudadanos

Prohibido salir o entrar de la Comunidad de Madrid del 23 de diciembre al 6 de enero si no es para visitar a familiares

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) de este sábado 19 de diciembre de 2020 informa de la “Limitación de la entrada y salida en la Comunidad de Madrid” durante las fechas navideñas -del 23 de diciembre al 6 de enero-, durante las cuales “1. Se acuerda hacer efectiva la prohibición prevista en el artículo 6.1 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la
propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, respecto de la entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad de Madrid, desde las 00:00 horas del 23 de diciembre de 2020 hasta las 00:00 horas del 7 de enero de 2021, salvo para desplazamientos a territorios que sean lugar de residencia habitual de familiares o personas allegadas de quienes se desplacen, cumpliéndose en todo momento los límites a la permanencia de grupos de personas que sean aplicables, o para aquellos desplazamientos adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:
a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas
de educación infantil.
d) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en
territorios limítrofes.
g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
h) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
j) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
k) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada”.

* Descargar este artículo del BOCM (PDF)

ÚLTIMA HORA ‼️‼️ Los días 24, 25 y 31 de diciembre y el 1 y 6 de enero las reuniones en domicilios en Madrid se limitan…

Publicada por zonaretiro.com en Viernes, 18 de diciembre de 2020

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