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El caso del ático de González en Estepona no será juzgado en Madrid

C. Linares.- El caso por el ático malagueño de la mujer del presidente de la Comunidad de Madrid, Lourdes Cavero, imputada por un presunto delito contra la Hacienda Pública y otro de blanqueo de capitales, seguirá siendo investigado en los juzgados de Estepona, y no en la Audiencia Nacional, al haber considerado la Fiscalía este martes 6 de mayo de 2014 que “falta base fáctica” para mantener su imputación de Lourdes Cavero.

Ignacio González y su familia, en su toma de posesión – CAM

La Sección Novena de la Audiencia de Málaga ha celebrado este martes día 6 una vista sobre los recursos presentados contra el auto de diciembre de 2013 de la jueza de Instrucción número 5 de Estepona, que lleva el caso, en el que se acordó la imputación de la esposa de González y de la empresa Coast Investors, que primero alquiló la vivienda y luego vendió al matrimonio; así como admitir la personación en la causa del presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, y remitir el procedimiento a la Audiencia Nacional. Ahora, la Sala tendrá que deliberar y decidir mediante un auto.

Tanto la Fiscalía, representada en la vista por el fiscal jefe, Juan Carlos López Caballero, como el Sindicato Unificado de Policía (SUP), que presentó la denuncia sobre el ático, y la representación de dicha empresa presentaron recurso contra el auto, que consideran “falto de motivación y argumentación“, además de “precipitado“.

Las diligencias se harán en Estepona

Por todo esto, pide que se revoque la resolución “porque está huérfana de motivación necesaria” y continuar la investigación en Estepona para hacer las diligencias que fueron solicitadas en su día. Ésta es también la posición del SUP, cuyo abogado considera que se debe dejar que siga la investigación, sobre todo en lo relativo a Coast Investors, sociedad con estructura en Delaware.

Ático del residencial ‘Alhambra del Golf’ de Guadalmina, junto a Marbella

Así, el letrado de esta parte ha señalado que sin tener determinados datos “tendríamos una sucesión de hechos en teoría legales”, aunque ha mantenido la existencia de indicios. Además, ha considerado que “sería ilógico” imputar a la mujer de González y dejarle fuera a él. La representación de la sociedad, por su parte, ha pedido que se mantenga la personación de la empresa pero no como imputada, al no haber indicios de actividad delictiva.

La representación de Cavero también presentó recurso contra el auto en cuanto a su imputación. En la vista, la abogada que la representa ha asegurado que “no se explican los motivos” por lo que se procede a considerarla imputada.

Esta misma letrada es la que ha representado a Ignacio González, que el pasado mes de octubre solicitó su personación en la causa, lo que fue acordado por la jueza de Estepona. Así, la abogada ha defendido esta decisión de la instructora, para salvaguardar el derecho de defensa, ya que, ha apuntado, desde que se inició la causa ha habido “una imputación material”, que no formal, con “falsas acusaciones” e indicios “inexistentes”, lo que ha provocado “un juicio mediático que ha dañado el honor y la imagen” de su cliente.

El PSOE pide la imputación de González

Por último, el letrado que representa al grupo parlamentario socialista de la Asamblea de Madrid ha sido el único que ha pedido que se confirme la resolución en todos sus extremos. Ha apuntado que la imputación de Cavero “lleva necesariamente a la imputación del señor González”, pero ha considerado “acertada” la decisión de la jueza de dejar “congelada” por ahora la posición de éste, personado en el caso, para garantizar su derecho de defensa.

Entiende, igualmente, ajustada la competencia de la Audiencia Nacional por el momento, pero con el matiz de que “en el momento de que la imputación se dirigiera contra el señor González sería competente el Tribunal Supremo”, donde, ha recordado, ya hay dos querellas relacionadas con estos hechos.

González, aforado, debería ser juzgado por el Tribunal Supremo

El fiscal asegura que el ministerio público “no comparte una personación de tipo preventivo”, apuntando que “si el señor González tiene que estar en la causa” como imputado “tenemos el problema de que el juez no es competente”, ya que al ser aforado, el caso tendría que remitirse al Tribunal Supremo.

Respecto a la competencia de la Audiencia Nacional, que propone la jueza instructora, tampoco la comparte el fiscal, quien ha recordado que hay en el Tribunal Supremo dos querellas presentadas en relación con los hechos investigados.

Zonaretiro.com

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