La Junta Electoral anula la multa por un acto en campaña europea

Madrid,

F. Mollá.- La Junta Electoral Provincial de Madrid ha anulado este jueves 10 de julio de 2014 la sanción de 600 euros impuesta el pasado 6 de mayo a la alcaldesa de Madrid, Ana Botella, por aparecer en una inauguración en plena precampaña de las Elecciones Europeas. Algo que está prohibido y que el PSOE se encargó de denunciar, como informó Zonaretiro.

Botella, el pasado 25 de abril de 2014 - Ayto
Botella, el pasado 25 de abril de 2014 – Ayto

El acto en el que Botella habría incumplido el artículo 50 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral tuvo lugar el 25 de abril, día en que Botella asistió a la inauguración de la ‘Operación Asfalto’ en la Glorieta de Pirámides.

Dicho artículo establece que desde la convocatoria de las elecciones, en este caso el día 1 de abril, hasta la celebración de las mismas queda “prohibido realizar cualquier acto de inauguración de obras o servicios públicos o proyectos de estos, cualquiera que sea la denominación utilizada, sin perjuicio de que dichas obras o servicios puedan entrar en funcionamiento en dicho periodo”.

El PSOE reclamó y la Junta consideró por mayoría de cuatro votos a favor y uno en contra que ese acto constituyó una infracción. Y, tras someter a votación el importe de los 600 euros, el Órgano Electoral acordó por tres votos a favor y dos en contra imponer dicha multa, que Botella debía abonar y que debía ser ingresada en el Tesoro Público.

A su favor, el Ayuntamiento alegó que no se trataba de una inauguración, sino de una “convocatoria regular y periódica”, a pesar de que lo habitual hasta 2012 era que esta operación se inaugurase en verano, coincidiendo con las época estival que vacía Madrid de vehículos (en 2013 no hubo ‘Operación Asfalto’; de que las labores de asfaltado en la capital llevan desatendidas tres años; y de que meses atrás el consistorio anunció que se trataría de una cuestión “extraordinaria”.

Además, insistieron desde el Ayuntamiento, la alcaldesa no dijo “nada que pudiera influir en el sentido del voto de los electores”.

botella-asfaltadoAquel día, Botella llegó a subirse en una máquinas ambreadora y declaró que “aquí iniciamos los trabajos de pavimentación viaria previstos en el Plan Madrid Renueva Madrid que, este año, se centrará fundamentalmente en grandes ejes de circulación. Sólo en Pirámides actuaremos sobre una superficie de 7.300 metros cuadrados de calzadas, y llegaremos hasta la plaza de Legazpi, pasando por el paseo de Yeserías y de la Chopera”.

“Estamos realizando un ensayo con materiales descontaminantes en el asfaltado de una superficie aproximada de 20.000 metros cuadrados del distrito de Villaverde. Este proyecto (cofinanciado con fondos FEDER y con cargo a la iniciativa URBAN) nos permitirá verificar la idoneidad de estos materiales en la absorción de dióxido de nitrógeno y su incidencia sobre la calidad del aire”.

La sanción podía ser recurrida ante la Junta Electoral Provincial de Madrid y ante el propio Órgano Electoral que impuso la multa. Y así ocurrió el día 8 de junio, cuando Botella solicitó la nulidad de las actuaciones contra ella y la suspensión del expediente sancionador, en el que alegó, además de cuestiones de forma, que su conducta no era objeto de sanción.

Ahora, un mes después del recurso, y después de que el 16 de junio la instructora pidiese a la Junta Electoral Provincial que archivase el expediente “al no revestir los hechos imputado en su día caracteres de infracción penal”, se ha conocido que la multa ha sido retirada.

Contra esta decisión de la Junta Electoral Provincial no cabe la posibilidad de presentar recurso administrativo o judicial.

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