Nueva ayuda al alquiler de hasta 200 euros al mes

Madrid,

C. Linares.- Un convenio de colaboración firmado por el Ministerio de Fomento y la Comunidad de Madrid para prorrogar el Plan Estatal del fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016, permitirá acceder a ayudas al alquiler de hasta 200 euros al mes por unidad familiar a más de 8.500 familias madrileñas con escasos recursos económicos.

Esta partida de subvenciones para familias madrileñas en alquiler es de 38,5 millones de euros.

El procedimiento de concesión difiere en función de los ingresos de la familia en cuestión establecidos en la orden, y tendrán prioridad las ayudas destinadas a aquellas familias con menores ingresos.

La cuantía de estas ayudas será del 40% de la renta anual del alquiler con un límite máximo de 2.400 anuales por vivienda y, además, la renta actualizada a pagar por el alquiler debe ser igual o inferior a los 600 euros mensuales.

Para estas ayudas, cuyo listado provisional se hará público en las próximas dos o tres semanas, se han podido presentar todas aquellas personas mayores de edad, con nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, titulares de un contrato de arrendamiento en la Comunidad de Madrid y siempre que su vivienda constituya el domicilio habitual.

Ayudas a la rehabilitación paRa 7.800 pisos

La firma de la prórroga del convenio contempla también las ayudas relativas a la Rehabilitación Edificatoria, dotada con una cuantía de 14,1 millones de euros, así como para el Fomento de la Regeneración y Renovación Urbanas, dotado de otros 7,4 millones. Las ayudas a la rehabilitación, que se le otorgarán a unas 7.800 viviendas de la región, tienen como objetivo financiar la ejecución de obras de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamientos propios, así como en los elementos y espacios privados comunes, en edificios de tipología residencial colectiva anteriores a 1981.

En estas viviendas, al menos el 70 por ciento de su superficie construida deberá tener uso residencial e, igualmente, ese mismo porcentaje de estas viviendas deben ser el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios. Las actuaciones a realizar pueden consistir, entre otras, en la mejora de la envolvente térmica del edificio, la instalación de sistemas energéticos eficientes o con energías renovables, la mejora de la eficiencia energética en las instalaciones comunes, el ahorro de agua, la instalación de ascensores o salvaescaleras y productos que permitan el acceso a las personas con discapacidad.

La cuantía máxima de la subvención a conceder por edificio no podrá superar el importe de multiplicar 11.000 euros por cada vivienda y por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de local (12.100 euros cuando se trate de edificios declarados bienes de interés cultural, catalogados o que cuenten con protección integral). Además, la cuantía no podrá superar el 35 por ciento del coste subvencionable de la actuación. No obstante, y de manera excepcional, en el caso de actuaciones para la mejora de la accesibilidad y solo en la partida correspondiente a la accesibilidad, se podrá llegar al 50 por ciento de ayuda. Para la concesión de esta ayuda habrá que contemplar a su vez las cuantías económicas específicas destinadas para cada tipo de actuación.

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