Los trámites para adoptar niños previamente acogidos, más fáciles

Madrid,

P. R.- La Comunidad de Madrid limitará a tres meses la propuesta que la Administración autonómica ha de presentar al juez para que un acogimiento se convierta en adopción. Esta es una de las novedades de la Ley de Acogimientos y Adopciones que se elevará a la Asamblea y que pretende recortar los plazos para que los niños en situación de desprotección que sean susceptibles de vivir con una familia, lo hagan lo antes posible.

Foto: Zonaretiro.com

En la actualidad, la Administración no dispone de un plazo máximo para elevar al juez una propuesta de adopción para unos padres acogedores que, quizá, lleven varios años conviviendo y cuidando de un menor en clara situación de desprotección por parte de su familia biológica.

La Comunidad garantizará por ley la agilización de todos los trámites necesarios para que cuanto antes esos padres de acogida puedan ser los padres legales del menor en cuestión.

Con esta iniciativa se persigue que el trámite burocrático no se convierta en una barrera para aquellos menores que necesitan una familia y conseguir que los padres ilusionados por adoptar o acoger a un niño no vean a la Administración como una traba.

Certificado de idoneidad en tres meses

El Ejecutivo propondrá que el certificado de idoneidad que las familias acogedoras o adoptantes han de poseer para acceder a este trámite se resuelva en 3 meses y que este documento tenga una validez de dos años. Hasta ahora no existía un límite temporal máximo para la obtención del certificado y éste gozaba de una validez de seis meses.

También se establecerá un único procedimiento administrativo tanto para la adopción como para el acogimiento familiar, lo que permitirá que la experiencia previa como familia acogedora sea tenida en cuenta como elemento positivo. Además, se creará una ventanilla única de acogimientos y adopciones para que la información a las familias sea más clara y accesible.

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